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Claves para la instalación de un punto de recarga en tu garaje comunitario

Claves para la instalación de un punto de recarga en tu garaje comunitario

¿He de pedir autorización a la comunidad de vecinos? o ¿puedo instalar el equipo de recarga si estoy en una plaza alquilada?

 

 

Cuando te planteas la compra de un vehículo eléctrico, uno de los puntos que más te condiciona a la hora de tomar la decisión es el grado de facilidad o dificultad que presenta la instalación del equipo de recarga en tu plaza de garaje comunitario. Y es que se presentan muchas incógnitas como, ¿he de pedir autorización a la comunidad de vecinos? o ¿puedo instalar el equipo de recarga si estoy en una plaza alquilada? En este post trataremos de dar respuesta a algunas de estas cuestiones que se plantean tan habitualmente.

 

¿La comunidad de vecinos o el administrador se pueden negar a que instale un equipo de recarga en mi plaza de garaje?

 

La Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal establece en el Artículo 17 punto 5: “La instalación de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado en el aparcamiento del edificio, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje, solo requerirá la comunicación previa a la comunidad. El coste de dicha instalación y el consumo de electricidad correspondiente serán asumidos íntegramente por el o los interesados directos en la misma.”

 

Por tanto, sólo es necesario informar a la comunidad de propietarios y/o el administrador de que se va a proceder a la instalación de un equipo de recarga en la plaza de garaje. Si contratas con Endesa X, el instalador te proporcionará un ejemplo de comunicación para facilitarte esa labor.

 

Si la plaza de garaje no es de mi propiedad, sino que estoy alquilado, ¿puedo instalar un equipo de recarga?

 

Si la plaza de garaje donde vas a aparcar tu vehículo eléctrico es alquilada sí puedes instalar un equipo de recarga, pero para ello primero debes pedir autorización al propietario de la misma.

 

Te recomendamos que el arrendador te autorice por escrito, con su firma, para evitar problemas posteriores. Además, dicha autorización te puede servir para adjuntarla a la comunicación de instalación citada anteriormente.

 

¿Qué requisitos técnicos son necesarios para llevar a cabo la instalación de un equipo de recarga en mi plaza de garaje?

 

Para realizar la instalación eléctrica del equipo de recarga es necesario que exista un punto de suministro a 230/400 VAC dotado de conexión a tierra, con cuadro general de mando y protección y equipo de medida.

 

Lo más normal es realizar una conexión desde el contador (cuando éste se encuentre en el cuarto de contadores en la planta 0), ya que la distancia a la plaza de garaje es menor que si se realiza desde el cuadro general de mando y protección, ubicado en la entrada de vivienda. De todas maneras, como cada instalación es diferente, el instalador deberá valorar qué opción es la más fácil y económica.

 

¿Qué pasa si no dispongo de un punto de suministro de electricidad porque mi garaje no está en la misma comunidad que mi vivienda?

 

Si no dispones de un punto de suministro de electricidad tienes que solicitar uno nuevo a la empresa distribuidora de energía eléctrica.

 

Cada empresa distribuidora define el protocolo a seguir.

 

Una vez hagas la solicitud, la distribuidora te enviará el presupuesto. Normalmente, no será necesario realizar grandes trabajos de adecuación de la red eléctrica, por lo que sólo deberás satisfacer los costes de nueva acometida, que para una potencia de 9,2kW está en torno a los 350€+IVA. Sin embargo, a veces sí será necesario que la empresa distribuidora ejecute trabajos adicionales, por lo que te presupuestará los mismos y podrás decidir si sigues adelante o no.

 

¿Puedo instalar un equipo de recarga en una plaza de garaje si es mía en régimen de concesión?

 

En el caso de que tu plaza de garaje esté en régimen de concesión y la concesionaria haya establecido un protocolo de actuación específico, deberás atenerte a lo dispuesto en dicho protocolo. Éste es el caso de los residentes en Madrid ciudad, que dispone de plazas de parking en régimen de concesión municipal, por ejemplo.

 

Por el contrario, si la concesionaria no ha establecido un protocolo de actuación específico, bastará con informar a la concesionaria según se establece en el Artículo 17 punto 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal.

 

¿Este tipo de instalación requiere de proyecto eléctrico?

 

Según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión, la instalación de un equipo de recarga en una plaza de garaje conectado al punto de suministro de la vivienda, requiere de elaboración de Proyecto sólo en los siguientes casos:

●    Que el garaje requiera de ventilación forzada.

●    Que se modifique la potencia de la vivienda más del 50%. Normalmente no se requerirá ampliar potencia dado que la carga del vehículo se realiza por la noche que es cuando la red de la vivienda está más descargada, y si se requiriera, normalmente no se llegaría a dicho límite.

Si no se dan ninguno de los casos anteriores, la instalación sólo requerirá de la realización por el instalador de una Memoria Técnica de Diseño. Si contratas con Endesa X y solicitas certificación de la instalación, el instalador realizará dicha Memoria o Proyecto además del resto de documentación técnica requerida por Industria para obtener el Certificado de Instalación Eléctrica.