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¿Están incluidas las fundaciones en el ámbito de aplicación del Real Decreto?

Se considera que están fuera del ámbito de aplicación del RD las fundaciones al no tener la consideración de empresa, como recoge el Artículo 2 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones. “1. Son fundaciones las organizaciones constituidas sin fin de lucro que, por voluntad de sus creadores, tienen afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de fines de interés general.” Asimismo, tampoco están incluidas en el ámbito de aplicación las asociaciones, las ONG’s, es decir, todas aquellas organizaciones que no tienen la consideración de empresa.